Herencias

Todo sobre las herencias

Las herencias son habitualmente fuente de conflictos

Aquí hablan los expertos sobre todo lo relacionado con las herencias y sucesiones en toda España.

Las herencias normalmente, aunque no siempre, se dan en un contexto de tristeza y desolación.

Tras el fallecimiento de un ser querido, ya sea la muerte de un padre, de una madre, del hijo, de un hermano, de un tío o de un amigo, además de tener que pasar por esa triste experiencia de asumir que no volveremos a ver ni a hablar con esa persona nunca más, tenemos que gestionar su herencia o legado.

Las herencias fuente de conflictos y oportunidades
Tras la muerte de un familiar hay que regularizar la nueva situación.

No vamos a profundizar en el dolor que provoca la muerte de alguien.

Pero sí vamos a hablar un poco sobre ello, pues considero que una cosa no puede separarse de la otra.

No podemos hablar de TODO lo relacionado con las herencias sin hablar del duelo por la muerte de un ser querido.

Puede tratarse de una gran herencia, compuesta por muchas propiedades, acciones, derechos y dinero en cuentas bancarias.

O puede tratarse simplemente de repartir los pocos ahorros que quedaron en el banco tras el fallecimiento.

Los conflictos entre herederos surgen habitualmente en todas las comunidades y clases sociales de España, nadie es ajeno.

Lo importante si nos encontramos ante una herencia complicada es conocer bien todas las opciones que las leyes españolas brindan para solucionar este tipo de problemas.

Aquí vamos a tratar en profundidad todo lo que se necesita saber para ser un experto en herencias.

Teniendo en cuenta la dificultad añadida de España al tener diferentes leyes aplicables a las herencias en función de la vecindad civil del causante y la Comunidad Autónoma.

Los miles de asuntos sobre herencias, tanto judiciales como extrajudiciales, que hemos tratado a lo largo de los años de experiencia como abogados herencias, nos permiten ofrecen una visión realista, verídica y actual sobre cómo gestionar cualquier herencia.

En los difíciles tiempos que nos ha tocado vivir a causa del coronavirus covid19, gana importancia poder contar con toda la información de calidad posible.

Cada caso es distinto, cada familia sus particularidades y cada herencia sus problemas concretos.

Pero vamos a intentar comentar todos los casos posibles que pueden darse tras el fallecimiento de un familiar, con sus posibles alternativas y soluciones.

Se podría decir que este es el curso prácticum sobre herencias más completo de España, gratuito y online ¡aprovéchalo!

Caso ganado sobre reparto de herencia en Barcelona

El origen del litigio fue una demanda de partición de uno de los herederos ante el Juzgado de Primera Instancia de Barcelona en enero de 2019.

Una señora de Barcelona tenía 2 hijos, al cumplir la mayoría de edad uno de los hijos se fue a vivir a Mallorca. El otro se quedó viviendo en el piso de la madre, pues se trataba de un piso grande. Con el tiempo se casó, tuvo 3 hijos y se compró un piso también en Barcelona. Al cabo de unos años él y su mujer fallecen en un trágico accidente de circulación, dejando a los 3 niños huérfanos a cargo de la abuela

En 2018 fallece la abuela dejando testamento.

Los tres hijos del premuerto y nietos de la difunta poseían materialmente el piso en Barcelona que fue de su abuela.

Los tres consideran que tienen derecho a ocupar en la herencia de su abuela el puesto que habría correspondido a su padre premuerto y continuar viviendo en el piso donde viven desde la muerte de sus padres.

El problema es que ese otro hijo que se fue a vivir a Mallorca, tío de los tres jóvenes, también es heredero de la difunta.

La cuestión que se nos planteó en este caso es si podrían los tres jóvenes nietos de la difunta continuar viviendo en el piso de la abuela, pues su tío de Mallorca, hijo de la difunta, necesita vender el piso heredado de su madre para pagar deudas que le apremian.

Según nuestra interpretación de la ley, se incluirá en la herencia de la abuela a los hijos de los que hubieran premuerto. La aplicación de esta norma lleva a considerar que los hijos del fallecido ocuparán su lugar en la sucesión de la abuela.

A no ser que la abuela estableciera otra cosa en el testamento.

En este caso no todos los interesados en la herencia interpretaban igual la voluntad de la testadora.

Al no estar todos los herederos de acuerdo, la solución debe estar a favor de la aplicación de la regla, nunca podrá interpretarse la voluntad del causante contra una norma legal sin consentimiento de los favorecidos de la misma (lo que a sensu contrario nos dice que si todos los herederos están de acuerdo sí).

En el testamento la difunta estableció herederos por partes iguales a sus hijos y habiendo premuerto uno de ellos, corresponde a los hijos de éste, nietos de la causante, por lo que los nietos deberían poder suceder a su abuela en la parte de su padre.

Los hijos se negaron a acudir al notario a firmar la adjudicación de herencia.

Esto provocó que su tío de Mallorca presentase una demanda para que un juez nombrase contador partidor para proceder a la adjudicación de la herencia judicialmente.

Advertimos a nuestros clientes de que, ante una demanda de testamentaria, existiendo testamento válido, si nos oponíamos podíamos ser condenados en costas.

La mejor estrategia en este caso era acudir al notario para firmar la aceptación de herencia, inscribirse como propietarios en el Registro de la Propiedad y una vez hecho esto, poner nosotros una demanda a su tío de división de cosa común.

A los pocos días de recibir nuestra demanda, el abogado del tío de nuestros clientes nos contactó para llegar a un acuerdo.

Por suerte en este caso el abogado herencia contrario sabía que si intentaba sacar a nuestros clientes del piso en el que llevaban años viviendo por la vía judicial tardarían muchos años, lo que terminaría con la paciencia de su cliente.

Y además antes de enfrascarnos en un procedimiento judicial de división de cosa común durante años, preferiríamos vender la parte del piso en proindiviso a vendoinmueble.com

Era mejor llegar a un acuerdo extrajudicial. Hicimos una valoración del piso, calculamos el valor del porcentaje que le correspondería a su tío en proindiviso y le presentamos un plan de pagos mensuales que entre los tres jóvenes podrían pagar a su tío hasta cumplir con la cantidad acordada.

De esta forma nuestros clientes podrán continuar viviendo en el piso en el que han vivido los últimos años y que fue de su abuela. Y su tío recibirá su parte de la herencia de su madre, aunque no tan rápido como le hubiese gustado.

Los herederos

La figura del heredero sirve para dar solución legal al reparto de los bienes y derechos que una persona deja tras su fallecimiento.

La legítima del Código Civil ya refleja esta naturaleza, puesto que restando el 25% queda el 75% que se puede transmitir a una sola persona.

Esta estructura también condiciona la estructura económica de un país.

Así pues, la principal finalidad de la herencia es evitar la fragmentación excesiva del patrimonio de una persona cuando fallece.

Tenemos que tener en cuenta que el causante es la persona que ha muerto y el testador es la persona que hace testamento. Todos los testadores son causantes pero no todos los causantes son testadores, ya que que no todas las personas que mueren dejan testamento.

En cuanto a cuál es la norma jurídica que rige la herencia, tenemos que tener en cuenta que en Derecho Civil se aplica la norma según la ley personal del causante. Aun así, suelen haber conflictos para determinar la regulación civil aplicable, lo que se resuelve según la normativa vigente en cada Comunidad

¿Y qué se la ley personal del causante? Es la ley que se aplica en el momento de la muerte del causante.

El juez competente será el de la residencia habitual o donde haya la mayoría de los bienes del causante.

Los problemas suelen aparecer en relación con la vecindad civil alterada en algún momento de la vida. Por ejemplo, un matrimonio que vive en Madrid y al jubilarse se mudan a Ibiza durante 20 años.

Estas personas hacen testamento a Madrid ¿Qué vecindad civil tienen?

Será el de las Islas Baleares.

¿Cómo puede ser esto si han hecho testamento a Madrid?

La normativa se la misma, pero hay cuestiones muy diferenciadas que trataremos en profundidad cuando hablemos del derecho de sucesiones en las diferentes Comunidades Autónomas.

La ley reconoce la sucesión a causa de muerte y también reconoce el derecho subjetivo del titular de un patrimonio a que este patrimonio se disuelva y que se transmita después de la herencia.

Desde que la persona ha muerto hasta que el patrimonio se reparte a partir de la adjudicación de herencia, hay un periodo entremedias en el que el patrimonio no es de nadie y, por lo tanto, queda yacente.

Una vez los herederos aceptan, se retrotrae la titularidad de los bienes desde el mismo momento de la muerte y no a partir del periodo entremedias.

Así pues, el Estado interviene en la herencia de las personas. En el momento que se abre la sucesión, el Estado impone que los hijos deben tener la legítima (1/4 parte en Cataluña y 2/3 en el resto de España).

Y se tiene que tener en cuenta que existe un respeto y una protección de la autonomía privada del causante que se refleja en la ley de sucesiones.

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